Reforma Tributaria Ley 1607/2012
“POR LA CUAL SE EXPIDEN NORMAS EN MATERIA TRIBUTARIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
El CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
CAPíTULO I PERSONAS NATURALES
ARTÍCULO 1°, Modifíquese el artículo 6° del Estatuto Tributario, el cual quedará así: ARTíCULO 6. Declaración Voluntaria del Impuesto sobre la Renta. El impuesto sobre la renta y complementarios, a cargo de los contribuyentes no obligados a declarar, es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el respectivo año o período gravable.
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